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Modificaciones a la COMPRA ÁGIL

Se establece que toda adquisición de bienes o servicios por el Estado que tenga un valor igual o inferior a 100 UTM (6.400.0000 pesos aprox.) deberá ser realizada mediante compra ágil y provista por una mipyme o cooperativas, excepto cuando ninguna empresa de menor tamaño haya presentado una oferta; subasta inversa electrónica.

El presidente destacó que “esta es una ley que cuida los recursos de todos los chilenos y chilenas, y para ello, limita las compras que se pueden hacer por trato directo, y reconoce legalmente la función de monitoreo que realiza el Observatorio ChileCompra, especialmente en estos casos”. Asimismo el mandatario dijo que “Me parece importante reconocer que este proyecto busca que las compras públicas sean un motor de innovación y sustentabilidad, porque estimula a las empresas a innovar, a mejorar su productividad y a dar nuevas respuestas al desafío de ofrecer mejores servicios a los ciudadanos, de la mano del desarrollo tecnológico”.

A partir de un año de su publicación, la Compra Ágil pasa a ser una modalidad de compra que deberá realizarse con empresas de menor tamaño y proveedores locales, conforme con lo dispuesto en el artículo 56, ampliando los montos de 30 UTM a 100 UTM, lo que se traducirá en mayores ventas y oportunidades a través del portal www.mercadopublico.cl. Además que establece criterios de priorización hacia la compra regional, a través de la introducción de la definición de “proveedor local” y que las Uniones Temporales de Proveedores sean conformadas sólo por Empresas de Menor Tamaño.